Gurtel
El art.54 de la ley de empleados públicos en su apartado 6 dice: "Se rechazará cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas que vayan más allá de los usos habituales, sociales y de cortesía, sin perjuicio de lo establecido en el Código Penal".
2 comentarios:
mmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmm,jajajaja
pues me da a mi que ninguno se la ha leido...
eso es poco pero seguro...
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